viernes, 11 de mayo de 2012

Se celebró el primer matrimonio igualitario de extranjeros en Buenos Aires


La Plata, 11 de mayo de 2012


         Este mediodía, en el Registro Civil de la Calle 6 Nº 527 de la ciudad de La Plata, los australianos Alexander Greenwich y Victor Höld contrajeron matrimonio y se convirtieron en la primera pareja extranjera en casarse en la provincia de Buenos Aires.

         En la Provincia de Buenos Aires se autorizó a la pareja que vive en Sydney, Australia, a casarse, convirtiendo a Buenos Aires en la tercera provincia en habilitar el matrimonio igualitario de extranjeros después de Santa Fe y Tierra del Fuego.


Diputados de Nuevo Encuentro impulsan proyecto de matrimonio para extranjeros en la Provincia


         En tanto, la Cámara de Diputados provincial dio ingreso ayer al proyecto presentado por el bloque de Nuevo Encuentro, que intenta habilitar por Ley el matrimonio para extranjeros en territorio bonaerense.

         La iniciativa presentada por los diputados Adrián Grana, Marcelo Saín y Natalia Gradaschi tiene por objeto garantizar a las
personas extranjeras,durante su estadía o permanencia en el territorio de la provincia de Buenos Aires, el derecho a contraer matrimonio, en concordancia a lo establecido por el artículo Nº 20 de la Constitución Nacional y el Código Civil.


         A partir de la instrumentación de la ley, todo extranjero o extranjera que ingrese, transite o resida en el país en alguna de las categorías migratorias expuestas por la Ley 25.871 –turista; pasajeros/as en tránsito; tránsito vecinal fronterizo; tripulantes del transporte internacional; trabajadores/as migrantes estacionales; académicos/as; por tratamiento médico; y extranjeros/as que invoquen razones que justifiquen a juicio de la Dirección Nacional de Migraciones un tratamiento especial-, podrán casarse en la provincia de Buenos Aires.

         Para evitar interpretaciones que puedan restringir el ejercicio del derecho constitucional a contraer matrimonio se admitirá como prueba de residencia transitoria la fotocopia del pasaporte con el sellado de ingreso al país o el duplicado de la tarjeta de migraciones donde conste la fecha de ingreso al país. Además deberá constatarse el domicilio de al menos uno/a de los/as contrayentes y el plazo de su estadía en Argentina.

         Al respecto, los legisladores de Nuevo Encuentro sostuvieron que “en esta oportunidad el casamiento de la pareja australiana fue permitido por el Gobernador; pero la unión no puede estar sujeta a lo que diga este. Es por eso que estamos convencidos que la provincia de Buenos Aires debe avanzar con la aprobación de este proyecto de ley, y garantizar, en el mismo sentido que el Gobierno Nacional, la diversidad, la pluralidad y la equiparación de derechos”.

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